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Cetonas

  • Creado por admin
  • El 4 agosto, 2004
  • En Coleccionable, Toxicología - Sustancias
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Características

Toxicidad

Son líquidos volátiles e inflamables. La inhalación de vapores es la principal vía de exposición industrial.
Usos
a) Como disolventes para: lacas, barnices, plásticos, caucho, seda artificial, colodión, etc.
b) Intermediario de síntesis.
Concentración Máxima Permisible: Acetona:
C.M.P.: 750 ppm C.M.P.-C.P.T.: 1000 ppm
TLV-TWA: 500 ppm STEL/C: 750 ppm
Metiletilcetona (Butanona):
C.M.P.: 200 ppm C.M.P.-C.P.T.: 300 ppm
TLV-TWA: 200 ppm STEL/C: 300 ppm
(ACGIH)
Metil-isobutil-cetona:
C.M.P.: 50 ppm C.M.P.-C.P.T.: 75 ppm
TLV-TWA: 50 ppm STEL/C: 75 ppm
(ACGIH)

Intoxicación aguda
La exposición a elevadas concentraciones de vapores produce:
a) Trastornos digestivos: náuseas y vómitos.
b) Acción narcótica: Cefalalgias, vértigos y coma.
c) Irritación de ojos y vías respiratorias.
d) El contacto de las formas líquidas sobre la piel predispone a la aparición de dermatitis.

Examen periódico. Detección de los efectos tóxicos (Vigilancia médica)

Examen periódico (Vigilancia biológica)

ANUALMENTE
EXAMEN CLÍNICO con orientación:
a) Dermatológica
b) Neurológica
c) Oftalmológica
d) Otorrinolaringológica

ANUALMENTE:
ACETONA
Indice Biológico de Exposición se establece en 50 mg/l.
METIL-ETIL-CETONA
Indice Biológico de Exposición se establece en 2 mg/l.
METIL-ISOBUTIL-CETONA
Indice Biológico de Exposición se establece en 2 mg/l. (ACGIH, 1993)

CRITERIOS PARA LA VIGILANCIA DE LOS TRABAJADORES EXPUESTOS A LAS
CETONAS.

Para la vigilancia de los trabajadores expuestos se sugiere.

ANUALMENTE:

ACETONA
1. Medir en 20 ml de orina emitida espontáneamente.
2. Refrigerar
3. La orina debe ser recolectada al finalizar la jornada laboral.
4. Método sugerido cromatografía gaseosa.
5. Indice Biológico de Exposición se establece en 50 mg/l.
METIL-ETIL-CETONA
1. Medir en 20 ml de orina emitida espontáneamente.
2. La orina debe ser recolectada al finalizar la jornada laboral.
3. Método sugerido cromatografía gaseosa.
4. Indice Biológico de Exposición se establece en 2 mg/l.
METIL-ISOBUTIL-CETONA
1. La orina debe ser recolectada al finalizar la jornada laboral.
2. Método sugerido cromatografía gaseosa.
3. Indice Biológico de Exposición se establece en 2 mg/l. (ACGIH, 1993) ANUALMENTE, para todas las CETONAS, examen clínico con orientación:
♦ DERMATOLÓGICA: Dermatitis irritativa, dermatitis eczematiforme recidivante.
♦ NEUROLÓGICA: Cefalagia, vértigo, depresión del SNC, coma, encefalopatía tóxica crónica
♦ OFTALMOLÓGICA: Irritación conjuntival, vesículas en la cornea,
♦ OTORRINOLARINGOLÓGICA: Irritación de vías aéreas superiores
En el caso de la METIL-ETIL-CETONA:
Podría ser causa de Neuropatía periférica por lo tanto y de acuerdo al resultado del examen clínico se puede realizar E.M.G.

Conductas a adoptar de acuerdo a los resultados de los exámenes periódicos:
1. Acetona en orina > a 50 mg/l.; Metil-etil-cetona en orina > a 2 mg/l., metil-isobutilcetona > 2mg/l., sin manifestaciones de enfermedad, exposición incrementada:
a) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante.
b) Educación del trabajador en normas de higiene y protección personal.
c) Repetir dosaje a los quince días; De mantener valor alto volver a medir en quince días.
d) De persistir la modificación evaluar nueva conducta a adoptar.
e) Luego de la normalización, control semestral durante un año.
f) Luego control anual.
2. Cuando ocurren manifestaciones de exposición aguda:
• Trastornos digestivos: náuseas y vómitos.
• Acción narcótica: Cefalalgias, vértigos y coma.
• Irritación de ojos y vías respiratorias.
• El contacto de las formas líquidas sobre la piel predispone a la aparición de
dermatitis.
a) El Área Médica de la ART procederá de acuerdo a la normativa vigente en materia de
enfermedades profesionales.
b) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la
exposición al contaminante. Se sugiere evaluar, y eventualmente replantear, el conocimiento
y práctica de normas de higiene y seguridad en los trabajadores expuestos.
c) Internación, si fuere necesario, y tratamiento con controles clínicos y de laboratorio hasta
corrección de la alteración presente. Luego decidir la oportunidad del regreso a la
exposición.
d) A partir del regreso a la exposición realizar control trimestral durante seis meses.
e) Luego, control semestral durante un año.
f) Luego control anual.
3. Cuando están presentes algunas de las siguientes manifestaciones, de carácter
reversible:
• Dermatitis eczematiforme recidivante.
• Trastornos de psicomotricidad.
• Vesículas en la cornea.
a) El Área Médica de la ART procederá de acuerdo a la normativa vigente en materia de enfermedades profesionales.
b) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante. Se sugiere evaluar, y eventualmente replantear, el conocimiento y práctica de normas de higiene y seguridad en los trabajadores expuestos.
c) Tratamiento con controles clínicos y de laboratorio hasta corrección de la alteración presente. Luego decidir la oportunidad del regreso a la exposición.
d) A partir del regreso a la exposición realizar control trimestral durante seis meses.
e) Luego, control semestral durante un año.
f) Luego control anual.
4. Cuando están presentes algunas de las siguientes manifestaciones, de carácter irreversible:
• Trastornos de psicomotricidad.
• Encefalopatía tóxica crónica.
• Alteraciones del EMG (especialmente en el caso de la metil-etil-cetona)
a) El Área Médica de la ART procederá de acuerdo a la normativa vigente en materia de enfermedades profesionales.
b) Tratamiento según criterio médico.
c) Evaluación del medio ambiente laboral y corrección de falencias que condicionan la exposición al contaminante. Se sugiere evaluar, y eventualmente replantear, el conocimiento y práctica de normas de higiene y seguridad en los trabajadores expuestos.
d) La reinserción laboral con RECALIFICACION dependerá de la evolución de la patología motivo del alejamiento, previa evaluación de la presencia de agentes de riesgos en el nuevo puesto de trabajo, que pudieran influir sobre las alteraciones que fueron ocasionadas por las cetonas. Se sugiere control trimestral durante un año. Se puede plantear la necesidad del alejamiento definitivo de la actividad laboral.

Dr. Nelson F. Albiano

Información extractada de la página de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Libro: “Toxicología Laboral: Criterios para la vigilancia de los trabajadores expuestos a sustancias químicas peligrosas” del Dr. Nelson F. Albiano, Consultor de la S.R.T. en Toxicología Laboral y responsable de PREVENTOX (Centro de información y asesoramiento en Toxicología Laboral).

Etiquetas: Coleccionable
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