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Perú: Resolución 89/2023

  • Creado por admin
  • El 23 junio, 2023
  • En Legislación, Perú
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República del Perú
Ministerio del Ambiente
Resolución 89/2023

Aprueban el “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales”

Lima, 6 de marzo de 2023

VISTOS; el Informe N° 00012-2013-MINAM/VMGA/DGRS/DIGRS de la Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 00057-2023-MINAM/VMGA/DGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 00230-2023-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00012-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA y el Memorando N° 00034-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Informe N° 00015-2023-MINAM/SG/OGPP/OP de la Oficina de Planeamiento; el Memorando N° 00150-2023-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 00061-2023-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal k) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, dispone que el mismo tiene dentro de sus funciones específicas, promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos, la protección de la calidad del aire, y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes;

Que, el literal g) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, señala que el Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales es uno de los instrumentos para el uso eficiente de los materiales y la gestión de los residuos sólidos; Que, el literal g) del artículo 15 del precitado Decreto Legislativo, señala que el Ministerio del Ambiente, tiene dentro de sus funciones, normar sobre el manejo de residuos sólidos, incluyendo los correspondientes a infraestructura de manejo de residuos sólidos, actividades de reutilización, recuperación, valorización material y energética; gestión de áreas degradadas por la acumulación de residuos sólidos de gestión municipal, entre otros aspectos;

Que, el artículo 49 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, modificado por Decreto Supremo N° 001-2022-MINAM, dispone que el Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos no Municipales, también denominado Plan de Manejo de Residuos Sólidos, de los proyectos de inversión y actividades, forma parte de los instrumentos de gestión ambiental, sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) y complementarios a este;

Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del precitado Reglamento, establece que el Ministerio del Ambiente aprueba el contenido mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos; Que, conforme al literal a) del artículo 106 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene por función proponer instrumentos técnicos-normativos sobre la gestión y manejo de residuos sólidos, en coordinación con las entidades competentes, según corresponda;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 218-2022-MINAM, se dispuso la publicación del proyecto de “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales” por un plazo de diez (10) días hábiles; en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo; Que, mediante Memorando N° 0034-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental remite el Informe N° 00012-2023-MINAM/VMGA/DGPIGA, en el que concluye que el proyecto de “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales” concuerda con las disposiciones del Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) y del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SGN), por lo que brinda opinión previa favorable al mismo; Que, en ese contexto, mediante Memorando N° 0057-2023-MINAM/VMGA/DGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos remite el Informe N° 00012-2023-MINAM/VMGA/DGRS/DIGRS de la Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos, que sustenta la aprobación del proyecto de “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales”;

Que, a través del Memorando N° 000150-2023-MINAM/SG/OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 0015-2023-MINAM/SG/OGPP/OP de la Oficina de Planeamiento, en el que concluye que, el proyecto de “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales” ha sido elaborado en el marco de las funciones de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos previstas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y, que el mismo se enmarca en los objetivos estratégico institucionales del Plan Estratégico Institucional 2022 – 2026; por lo que emite opinión su opinión favorable;

Que, a través del Informe N° 00061-2023-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la aprobación del proyecto “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales” presentada por la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos No Municipales;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM;y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.– Aprobar el “Contenido Mínimo del Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos No Municipales”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.– Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALBINA RUIZ RÍOS
Ministra del Ambiente

Etiquetas: legislación
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